Concesión
de ayudas a fondo perdido para jóvenes con recursos económicos muy
limitados con el objeto de seguir cursando estudios de enseñanza
post-obligatoria y en paralelo aumentar en ellos el compromiso social
con la formación en emprendimiento y la elaboración de un banco de
ideas de futuro.
El
proyecto se desarrollará a lo largo del curso escolar 2014 / 2015 y
atenderá a 32 beneficiari@s y recoge exclusivamente los costes de
las ayudas que se otorgarán a cada participante.
Beneficiari@s:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en las presentes
bases las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:
a.
Que el/la solicitante esté empadronad@ en el término municipal de
Guillena antes del 1 de enero de 2014.
b.
Que el/la solicitante esté desemplead@ y que no cobre ningún tipo
de prestación ni subsidio en el momento de la solicitud.
c.
Que el/la solicitante esté matriculad@ durante el curso escolar 2014
- 2015 en estudios de enseñanza post-obligatoria en centros
públicos, no privados ni concertados.
d.
Que el/la solicitante esté matriculad@ en un curso completo (2014 -
2015) de enseñanzas post-obligatorias, o en al menos tres
asignaturas de estudios de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto,
Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico, o 20
créditos para estudios de enseñanzas universitarias adaptadas al
espacio europeo de educación superior (títulos oficiales de grado o
postgrado).
e.
Que el/la solicitante esté al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones con la Hacienda Municipal.
f.
Que el/la solicitante esté al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones con la Seguridad Social.
Exclusiones
e incompatibilidades: No
se podrán solicitar estas ayudas cuando concurra alguno/s de los
siguientes supuestos:
a.
Cuando se trate de estudios en enseñanzas de post-obligatoria a
distancia u on-line.
b.
Cuando el solicitante ya posea un título de igual o superior
categoría para el que se solicita la ayuda.
c.
Cuando la renta per cápita de la unidad familiar del solicitante
supere los 550 euros /mes de media en los tres meses anteriores
al de la convocatoria.A tal efecto, se computarán los ingresos de
cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya
percibido en esos tres meses.
Serán
miembros computables para el cálculo de la renta todos aquellos que
convivan en el mismo domicilio, según los datos del padrón
municipal del mes anterior al de la solicitud de la ayuda, excluyendo
a los ascendientes de los padres del/la solicitante.
Cuantía
de la ayuda: La
beca tendrá un importe de 500,00 € por beneficiari@.
Plazo
de recepción de solicitudes: Del
21/11/2014 al 10/12/2014,ante el Registro General del Ayuntamiento.
Documentación
preceptiva: La
solicitud, según modelo normalizado recogido en el Anexo I de esta
convocatoria, se presentará junto con los siguientes documentos:
•
Copia
del DNI del solicitante.
• Copia
de la solicitud de matrícula en el curso académico 2014 - 2015 para
el que solicita la ayuda.
• Copia
del libro de familia.
• Certificado
de ausencia de prestaciones del/la solicitante.
•
Certificados
de ingresos o de ausencia de los mismos de todos los miembros de la
unidad familiar de los tres meses anteriores al de la
convocatoria (agosto, septiembre y octubre).
• En
el caso de personas con discapacidad reconocida de, al menos el 33%,
documentación acreditativa.
•
En
el caso de otros miembros de la unidad familiar cursando estudios,
copia de la solicitud de matrícula en el curso académico 2014
– 2015.
Obligaciones
de los beneficiari@s:
a)
Aceptar la subvención concedida.
b)
Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el
Ayuntamiento de Guillena, así como cualesquiera otras de
comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos
de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando
cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las
actuaciones anteriores.
c)
Comunicar al Ayuntamiento de Guillena la modificación de cualquier
circunstancia tanto objetiva como subjetiva que hubiese sido tenida
en cuenta para la concesión de la subvención.
d)
Facilitar al Ayuntamiento de Guillena, cuanta información o
documentación complementaria se considere necesaria para la
comprensión y evaluación de la solicitud de ayuda.
e)
Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos de
incumplimiento conforme a lo que establece la presente convocatoria.
Además,
tendrán las siguientes obligaciones:
a.
Presentación a exámenes finales.
b.
Asistencia a 4 sesiones de orientación (dos (2) horas / sesión)
durante el programa.1
c.
Presentación al Banco de Ideas de un proyecto emprendedor que pueda
servir a futuros negocios, mejoras de los existentes y/o sugerencias
para mejorar la administración local.