ABIERTO
EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN PARA LAS
PYMES COMERCIALES INSCRITAS EN EL REGISTRO OFICIAL DE COMERCIANTES Y
ACTIVIDADES COMERCIALES DE ANDALUCÍA
(Orden
de 9 de febrero de 2014 por la que se convocan para el ejercicio
2014, las subvenciones a conceder por el procedimiento de
concurrencia competitiva en materia de modernización de las Pymes
comerciales y la mejora de la calidad y la competitividad en el
pequeño comercio.)
Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
- Ejercer actividad comercial en Andalucía, con establecimiento comercial permanente en dicho territorio antes de la fecha de comienzo del plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones y que cuenten con una preexistencia como establecimiento comercial de, al menos, dos meses ininterrumpidos de antigüedad.
- Estar inscrito, antes de la fecha de comienzo del plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía. Si la subvención es para un establecimiento existente, debe constar la inscripción del mismo en el citado Registro. Se admitirán las inscripciones en el citado Registro cuya resolución por el órgano competente para emitirla tenga fecha posterior al inicio del plazo de presentación de las solicitudes de subvención, siempre y cuando la solicitud de inscripción en el Registro haya sido presentada antes del inicio de dicho plazo.
- La actividad principal debe corresponder a alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas:
-
Agrupación 64: comercio al por menor de productos alimenticios,
bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes. De la
Agrupación 64 quedan excluidos los siguientes epígrafes:
- Grupo 646: comercio al por menor de labores de tabaco y artículos de fumador.
-
Agrupación 65: comercio al por menor de productos industriales no
alimenticios realizado en establecimientos permanentes. De la
Agrupación 65 quedan exceptuados los siguientes epígrafes:
- Grupo 652.1: farmacias: comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal.
- Grupo 654: comercio al por menor de vehículos terrestres, aeronaves y embarcaciones y de maquinaria, accesorios y piezas de recambio.
- Grupo 655: comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes.
- Grupo 656: comercio al por menor de bienes usados, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico.
- Grupo 659.1: comercio al por menor de sellos, monedas, medallas, obras de arte, etc.
- Grupo 659.3: comercio al por menor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos y ópticos.
- Grupo 659.7: comercio al por menor de semillas, abonos, flores, plantas y pequeños animales.
- Grupo 659.8: comercio al por menor denominado «sex shop».
-
Agrupación 66: comercio mixto o integrado: comercio al por menor
fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia,
mercadillos y mercados ocasionales o periódicos), comercio en
régimen de expositores en depósito y mediante aparatos automáticos,
comercio al por menor por correo y catálogo de productos diversos.
De la Agrupación 66 quedan exceptuados los siguientes epígrafes:
- Grupo 663: comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos).
- Grupo 664: comercio en régimen de expositores en depósito y mediante aparatos automáticos.
- Grupo 665: comercio al por menor por correo o catálogo de productos diversos.
4.
Que no hayan obtenido de la Consejería subvenciones o ayudas para
las mismas actuaciones subvencionables, en alguno de los dos
ejercicios inmediatamente anteriores al que se solicita.
5.
Que la suma total del número de personas trabajadoras de sus centros
dependientes no sea superior a 20. Se incluirá para el cómputo de
dicho número de trabajadores a los empresarios individuales que
estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos.
6.
Que no hayan sido objeto de sanción administrativa en los últimos
tres años, mediante resolución de carácter firme por infringir la
normativa en materia de igualdad de género y no discriminación por
razón de sexo.
Porcentaje
máximo de la subvención: hasta el 50 % del presupuesto
aceptado, teniendo en cuenta los límites por conceptos.
Conceptos
subvencionables:
1.
Renovación y mejora tecnológica de la pequeña y mediana empresa
comercial:
a)
Adquisición de software destinado a aplicaciones de contabilidad,
facturación, almacén y automatización de las ventas: hasta 1.500
euros.
b)
Adquisición de equipos tecnológicos (se excluyen equipos
informáticos), hasta 2.000 euros.
c)
Conexión a Internet, hasta 500 euros.
d)
Diseño e implantación de sistemas de portales de ventas no
presenciales, hasta 2.000 euros.
e)
La adecuación física de los establecimientos necesaria en la
implantación de nuevos sistemas de ventas, hasta 6.000 euros.
f)
La ampliación y reforma del establecimiento afecto a la actividad
comercial que suponga una mejora o innovación tecnológica y
organizativa en la empresa o suponga la mejora de la cadena de valor
de la misma, hasta 6.000 euros.
g)
La adquisición de equipamiento y mobiliario comercial del
establecimiento, siempre que suponga una mejora o innovación
tecnológica y organizativa en la empresa o suponga la mejora de la
cadena de valor de la misma, hasta 3.000 euros.
2.
Actuaciones derivadas de la implantación y renovación de la norma
de calidad UNE 175001-1, de calidad de servicios en el pequeño
comercio:
a)
Gastos derivados de auditorías y consultorías realizadas por
asesorias externas necesarios para la obtención de la certificación,
hasta 1.300 euros.
b)
Gastos derivados de la emisión del certificado de calidad, hasta 700
euros.
c)
Gastos derivados de la renovación del certificado de calidad, hasta
700 euros.
3.
Actuaciones destinadas a garantizar la seguridad en la pequeña y
mediana empresa comercial, hasta 4.000 euros, pudiendo comprenderse
cualquiera de las siguientes:
a)
Implantación de sistemas y barreras antihurto.
b)
Adquisición e instalación de cajas registradoras con grabación de
imágenes y tickets.
c)
Adquisición e instalación de sistemas de videovigilancia y
televigilancia.
d)
Adquisición e instalación de sistemas de control de accesos.
e)
Adquisición e instalación de Caja Fuerte.
f)
Adquisición e instalación de sistemas Anti-Intrusión.
g)
Adquisición e instalación de sistemas de control de falsificación
de productos.
h)
Adquisición e instalación de otros sistemas destinados a garantizar
la seguridad en el establecimiento,
como
puerta de seguridad, bolardos anti alunizaje y otros.
4.
Actuaciones destinadas a la incorporación e implantación del diseño
para la mejora de la imagen del establecimiento, consistentes en:
a)
Elaboración e implantación de proyectos de diseño de interiorismo
y escaparatismo, hasta 4.000 euros.
b)
Incorporación del diseño en elementos de identidad gráfica y
packaging (envases, embalajes y bolsas), hasta 3.000 euros.
5.
La adecuación física del establecimiento destinada a la mejora de
la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas, hasta
6.000 euros.
6.
Actuaciones dirigidas a la mejora energética y sostenibilidad
(iluminación de bajo consumo, instalación o sustitución de
aparatos de climatización por aparatos de tipo A, compra de bolsas
reutilizables o biodegradables, etc.), hasta 3.000 euros.
7.
La adquisición e instalación de sistemas que posibiliten el
reciclado y la eliminación de residuos, como maquinaria de prensado
y compactación, así como la implantación de bolsas, envases y
embalajes biodegradables y ecológicos, hasta 6.000 euros.
8.
Dentro del marco de apoyo a las Pymes comerciales en municipios
rurales, con menos de 5.000 habitantes:
a)
Acondicionamiento y optimización de la imagen de los comercios,
hasta 4.000 euros.
b)
La adecuación física de los establecimientos necesaria en la
implantación de nuevos sistemas de
ventas,
hasta 6.000 euros.
c)
Inversiones en el establecimiento en orden a la diversificación de
oferta comercial, fomentando la de
productos
autóctonos, hasta 6.000 euros.
d)
Desarrollo de actividades dirigidas a fomentar la calidad de las
Pymes, hasta 1.500 euros.
Plazo de presentación de solicitudes: Del 7 de marzo al 7 de abril de 2014.
Para
más información y tramitación de subvenciones: Agencia
de Desarrollo Local, sita en Avda. Alcalde Justo Padilla Burgos, s/n
- formación@guillena.org - Tf: 95.578.54.81
BOJA